solicito modelo de solicitud de Conciliación....

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11 años 7 meses antes #75532 por marlon_cabrer
buenos días colegas, ante todo saludarles y desearles a ustedes y sus familias bendiciones, por este medio solicito de su ayuda, si alguien puede proporcionarme un modelo de solicitud de conciliación ante los Jueces de Paz, con la nueva normativa procesal Civil-mercantil.
paz y bien.

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11 años 7 meses antes #75540 por juan avelar o
La conciliacion es un requisito procesal para solucionar cualquier controversia civil y aun penal;la solicitud en si no tiene forma definida,ya que obedece a la pretensión especifica.Lo que de manera es cierta, que esta tiene que estar "Legitimada";siendo asi se tiene que consignar en la demanda los generales del demandante o del apoderada,y si es así, adjuntar el poder que legitima la "accion" pues de lo contrario la declaran "inepta"(termino grosero y ofensivo)bajo una figura "inventada" del "legitimo contradictor" ya que la camara o las salas "NO LEGISLAN"-Ya entrando en la inquietud del colega solicite en la fiscalia si es de aquellos hechos conciliables que son de "instancia particular" que se llegue a un acuerdo cordial 7y propnaga una compesancion acorde a la responsabilidad civil.

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11 años 7 meses antes #75542 por eslexv15

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El siguiente usuario dijo gracias: marlon_cabrer

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11 años 7 meses antes #75565 por marlon_cabrer
La conciliacion es un requisito procesal para solucionar cualquier controversia civil y aun penal;la solicitud en si no tiene forma definida,ya que obedece a la pretensión especifica.Lo que de manera es cierta, que esta tiene que estar "Legitimada";siendo asi se tiene que consignar en la demanda los generales del demandante o del apoderada,y si es así, adjuntar el poder que legitima la "accion" pues de lo contrario la declaran "inepta"(termino grosero y ofensivo)bajo una figura "inventada" del "legitimo contradictor" ya que la camara o las salas "NO LEGISLAN"-Ya entrando en la inquietud del colega solicite en la fiscalia si es de aquellos hechos conciliables que son de "instancia particular" que se llegue a un acuerdo cordial 7y propnaga una compesancion acorde a la responsabilidad civil.

conforme a lo planteado querido colega, estoy en desacuerdo con ello, en primer lugar, por que la ley Procesal civil mercantil, lo establece, en el Capitulo Segundo, artículos doscientos cuarenta y seis y siguientes del Código de Procedimientos Civiles y Mercantiles, muchos de los criterios establecidos por la precedente legislación, se encontraban contenidos en la Ley Procesal Civil derogada, y es por ello que su aplicación se conserva, como una medida alterna de solución, antes de llegar aun conflicto, la cual es muy diferente a la conciliación establecida en un proceso incoado.

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