Podria pedir la constancia de no asentamiento,lo cual valida la ausencia de estas y realizar los subsidiarios de defuncion.Ahora a mi modo de ver esto de exigirlos en ciertos juzgados es pura gana de molestar pues muchas veces los causantes son personas de ochenta y tantos años,y no es que sea imposible que los papas vivan,pero por lo menos tendrian cien años, cuestion en realidad rara.Ademas con lo edictos se verifica si alguien esta llamado a suceder a que se presente,si no que objeto tienen.La verdad tambien sobre estos, es que Yo NUNCA he visto que se prersente alguien por estos edictos,pues yo creo que NADIE, solo los abogodos en sus ratos libre o de pleno ocio los leen,quizas en los años que el Diario Oficial era como la television o el Internet,pues ni en los diarios de mayor circulacion creo que alguien los ande leyendo.La solucion de 123456 esta interesante.