Esa no es una causal de terminación del contrato de trabajo, por lo que te recomendaría que el señor demande al empleador, también debes tener en cuenta que no se puede despedir a una persona la cual se encuentra incapacitada (debes revisar si el ISSS le extendió incapacidad).
Con lo del accidente de transito, debes revisar el parte policial, me imagino que ya se abrió un expediente en la fiscalía por lesiones culposas, ahí te debes cerciorar que se solicite indemnización por los daños físicos.
También debes tener en cuenta que estas ante CASOS SUMAMENTE DISTINTOS (DIFERENTES), la indemnización laboral nada tiene que ver con la indemnización por las lesiones culposas, el otro punto importante es durante dure la incapacidad es el ISSS quien debe pagar.
Te recomiendo realizar los tramites lo más pronto posible.
No soy un exegeta... pero tampoco soy un incauto