Pues deberian de reconsiderar los hechos,pues algo que es un problema pues parece que no lo es.El padre ha recionocido a la niña(mitad del camino y quizas la mas dificil) pero no se sabe donde esta y necesitan el pasaporte para irese a EUA a vivir,Bien no se que situacion migratorio alega la señora para irese con la niña,pero me adelanto que podria ser incluso con un mayor status que la señora.Veamos Cuando el padre es estadounidense y no está casado con la madre, que es extranjera
El hijo de esta pareja es americano si se cumplen todas las exigencias siguientes:
El padre ha residido en EEUU por al menos cinco años. Como mínimo dos años de residencia tuvieron lugar después de que el papá hubiera cumplido los 14 años de edad.
Se debe probar de un modo convincente y que no deje lugar a dudas que el menor es hijo biológico de quien afirma ser su padre.
El padre debe comprometerse por escrito a apoyar financieramente a su hijo mientras éste es menor de 18 años de edad.
El padre deberá legitimar al hijo de acuerdo a las leyes del lugar de residencia; O deberá reconocer al menor mediante una declaración jurada, también conocido como affidavit, o presentar un documento donde una corte establezca que la relación filial entre el ciudadano americano y su hijo nacido en el extranjero. En esto caso el progenitor debe rellenar el formulario DS-5507.
Como vemos si ya lo reconocio en El salvador tambien lo hizo eante las Leyes Norteamericanas.Codigo Bustamante.
Artículo 60. La capacidad para legitimar se rige por la ley personal del padre y la
capacidad para ser legitimado por la ley personal del hijo, requiriendo la legitimación la
concurrencia de las condiciones exigidas en ambas.
Asi que podria solicitar el pasaporte aca:
B. Pasaporte para menores de 16 años
Cuando el menor vive sólo con un padre porque se perdió contacto con el otro padre, el padre con quien vive el menor firma una declaración afirmando que desconoce el paradero del otro padre. Esta declaración se proporciona para firmarla al momento de la aplicación del pasaporte.
Los padres deben presentar evidencia de la identidad y de ciudadanía del menor. Como evidencia de ciudadanía se acepta la partida de nacimiento en original, reporte consular de nacimiento, o certificado de ciudadanía. Para aplicar a un reporte consular de nacimiento para el niño, los padres deben programar una cita y venir con el niño a la sección servicios a ciudadanos americanos a la hora programada en su cita entre 8:15 a 11:30 de la mañana, de lunes a viernes con excepción de los días festivos Americanos y Salvadoreños y el primer viernes de cada mes como cierre administrativo. Sin embargo, debido a que los padres tienen que llenar varios formularios que requieren basta información, se les recomienda que al menos uno de los padres o un familiar o amigo pase por esta oficina con anticipación a recoger los formularios y las indicaciones de los requisitos.
Esto para obtener el pasaporte y para el permiso con ena solicitud amparandoso en la LEPINA para salidas bastaria,pues al menor lo tiene que representar el procurador.