moreponce escribió: Necesito alguien que me pueda ayudar en derecho penitenciario, a cerca de la libertad anticipada, porfavor.
Colega
moreponce, la libertad condicional anticipada es un beneficio penitenciario que el Juez de Vigilancia Penitenciaria y de Ejecuciòn de la Pena concede a todo aquel privado de libertad que cumpla los requisitos para ello, dicho beneficio se regula en los art. 86 Pn, relaciòn al art.101 y ss de la ley penitenciaria. al cumplir con la mitad de la condena del privado de libertad y este merezca dicho beneficio por haber mostrado buen comportamiento, haber mostrado participaciòn e interes en programas impartidos por el equipo técnico etc..