Si la conta parte está de acuerdo en divorciarse lo mejor es que se haga por la segunda causal y que el demandado se allane. Es más, cuando se hace así ni siquiera hay que esperar que se admita la demanda, si el abogado de la parte que será demandada tiene facultades para recibir emplazamientos y allanarse, basta con que una vez presentada la demanda (y aunque aún no se haya admitido) basta con que quien es demandado diga que en su allanamiento que tiene conocimiento que está siendo demandado y que se allana y de pleno derecho resuelven, claro todo esto en el caso que ambas partes estén de acuerdo en divorciarse.
Por su puesto hay que pronunciarse sobre todos los puntos: cuota alimenticia si hay hijos, régimen de visitas, cuidado personal.