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Pol escribió: no aceptes pagar fianza, si en verdad quieren que el hermano tenga lo que corresponde, propone un cuarador al juzgado o al menos deja que ellos lo nombren conforme al 1155 y 1167. yo en cierta ocasion entregue una dirección del supuesto hermano en la USA que en mi caso no era cierto, pues se sentia indigno de aceptar,,, el juzgado lo cito donde vivia, y me aplicaron el articulo que dice : EL ASIGNATARIO CONSTITUIDO EN MORA DE DECLARAR SI ACEPTA O REPUDIA,,,,,,,,, SE ENTENDERA.......QUE REPUDIA 1156 CIVIL,
espero te ayude
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