Efectivamente sí procede una promesa de venta y es totalmente válida, sólo hay que redactar bien las respectivas cláusulas en cuanto a plazo, forma de pago, fechas de vencimiento, etc. Con respecto a si es inscribible, tengo entendido que no lo es, pero en este caso no estoy cien por ciento seguro, quizás le serviría llamar y preguntar en SERTRACEN. Saludos