Buenas noches, aclarado lo anterior le veo todavía problema a realizar tramite de tutela dativa, ya que esta es subsidiaria a falta de testamentaria y legitima. ya que la ley obliga a los parientes próximos a realizar el encargo de la tutela, pues tiene un carácter preferencial sobre la dativa.
La única manera de operar la dativa es comprobando la falta de idoneidad de cada uno de los llamados a prestar el encargo de tutela o que sean ellos los que se excusen y usted puede observar son llamados: los abuelos, hermanos, tíos y primos hermanos, lo veo un poco complicado que dentro de todos los llamados no existiera ni uno solo que no pueda cumplir con los requisitos legales para el otorgamiento de la tutela.
El otro punto a considerar es la persona que sí quiere el nombramiento, a igual deberá reunir los requisitos legales para su discernimiento y lo complicado aquí es que son niñas y por regla general el tutor se preferirá que sea del mismo sexo del pupilo, pues como usted sabe se eleva a la máxima expresión la protección, recuerde que el Estado tiene que ser garante de esto.
RIVAS