Para empezar, presumo que el CNR te observó el trámite porque si existe un antecedente. El problema es ubicarlo materialmente. Verifica en que estado está el inmueble registralmente hablando, puesto que si lo que no incorporó el notario en 1940 fue la escritura de antecedente y esta estaba inscrita en el registro de ese entonces, pueda que se encuentre no solo transcrita en los libros de folio personal del registro de años anteriores a 1940, sino que también se encuentre en algún libro de protocolo de algún notario de alguna época anterior a 1940. Lo que puedes hacer para que se te facilite la busqueda de los datos de la escritura (si es que existe) es pedir certificación literal del antecedente al Registro de la Propiedad Raíz e Hipotéca.
Una vez tengas los datos del notario, la fecha de otorgamiento, relacionas el antecedente con el causante y al causante con los herederos para peticionar el testimonio a la Sección de Notariado de la Corte Suprema de Justicia, lo agregás a las diligencias y ya el registro no te podrá denegar la inscripción.
Espero que esta info te sirva.
Lic. Francisco William Paredes
"Ahora bien, nosotros sabemos que la Ley es excelente con tal que uno la maneje legítimamente con el conocimiento de este hecho: que la ley no se promulga para el justo, sino para desaforados e ingobernables, impíos y pecadores, faltos de bondad amorosa, y profanos, parricidas y matricidas, homicidas,fornicadores, hombres que se acuestan con varones, secuestradores, mentirosos, perjuros y cualquier otra cosa que esté en oposición a la enseñanza saludable según las gloriosas buenas nuevas del Dios feliz, que me fueron encomendadas". (1 Timoteo 1:8-11)