Pues lo que se debía alegar es falta de legítimo contradictor, oponerse en el sentido que el demandado era otra persona, y se hubiera presentado la certificacion de la partida de nacimiento de la parte demandada, incluso se podía haber hecho uso de la revocatoria contra la admisibilidad de la demanda, aunque el plazo es solo de 24 horas, contadas a partir de la notificación.
LA MUERTE NO ES EL FINAL DE TODO, LA MUERTE NO ES MAS QUE OTRA TRANSFORMACION.