Pues la ley no dice nada al respecto. A mi criterio si podrías presentarlas. El problema sería la valoración del juez frente a la actualidad de la certificación. Recuerda que la original en si la tiene la alcaldía, lo que hace el funcionario es certificar la partida original, por lo que en base a la sana critica del juez, (que en este caso podría no ser muy sana), lo más seguro es que te prevenga presentar partidas actuales. Eso si, para iniciar el tramite y puyar al cliente presentalas con las certificaciones que te ha presentado el cliente y luego con la prevención lo puyas para que te pague más y tu sacas las partidas.
Lic. Francisco William Paredes
"Ahora bien, nosotros sabemos que la Ley es excelente con tal que uno la maneje legítimamente con el conocimiento de este hecho: que la ley no se promulga para el justo, sino para desaforados e ingobernables, impíos y pecadores, faltos de bondad amorosa, y profanos, parricidas y matricidas, homicidas,fornicadores, hombres que se acuestan con varones, secuestradores, mentirosos, perjuros y cualquier otra cosa que esté en oposición a la enseñanza saludable según las gloriosas buenas nuevas del Dios feliz, que me fueron encomendadas". (1 Timoteo 1:8-11)