Deberás seguir una rectificación del Asiento de inscripción, debido a una omisión de concepto por parte del Registrador Art. 99 de la Ley de Reestructuacion del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas.
Presentas un escrito exponiendo el error, le adjuntas una copia del instrumento inscrito y la razón de inscripción; y el Art. 102 del mismo cuerpo legal te dice como se procederá.
Cree en el Señor Jesucristo, y seras salvo, tu y tu casa.
Hechos 16:31