Recuerde que es un menor de edad que saldrá del país, y en esos casos los de Migración son bien estrictos, debe cumplir los requisitos establecidos en el artículo 44 de la LEPINA, es decir debe buscar al padre para que le de el permiso para que sus hijo pueda salir del país acompañado de su madre.
Por otro lado dicha escritura de Delegación y cuidado personal que suscribieron, no consignaron que el padre facultaba a la madre especialmente para autorizar la salida del país de dicho menor consignando los elementos especiales que menciona en el artículo 44 de la LEPINA, en caso de ser necesario por cualquier vía y con la persona que él designe; si no consignaron lo antes manifestado en dicha escritura, entonces deberá presentar el permiso migratorio.
"Cuando el objetivo te parezca difícil, no cambies de objetivo;
busca un nuevo camino para llegar a él."