que tal colega, entiendo que deberas seguir Diligencias de PAGO POR CONSIGNACION, con su respectiva Minuta, el detalle es que para que la hija de la fallecida dueña pueda recibirle el pago debera antes ella aceptar herencia.... y ese tramite es un poco tardado por medio de cualquier via. lo mejor seria que hable con ella y que al menos cuando las declaren herederas interinas se les confiera la Administracion y Representacion ud pueda realizar cada pago. le recomiendo haga una cuenta especial para esos fines y guiese por los articulos 1468 y sigts. C.C 1446 C.C