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areli escribió: Buenas tardes realice una compraventa de inmueble cuyo monto era de 32000 por tal motivo se pago el derecho de transferencia correspondiente, pero me la observaron en el cnr porque no firme ni selle el recibo de pago de derechos de transferencia y estaba leyendo el artículo 122 inc 4 del código tributario y dice que hay que agregar al protocolo el recibo de derechos de transferencia. Esto es así? Hay que agregar ese recibido a los anexos del protocolo? Ayuda por favor
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