Antes que nada cobrele por la asesoria/consulta, ya que definitivamente es (sera) un cliente problematico (imaginese que esta pensando quitar a la otra iglesia de la par, no por malas practicas -malcriados, estafadores, ruidos estridentes, pleitistos-):
1- No hay regulacion en cuanto a distancia de iglesias -si hay en relacion a farmacias, gasolineras-, en todo caso deberia estar en la Ley de la OPAMSS -si es en San Salvador- o en alguna de ordenamiento territorial, o alguna ordenanza -por ejemplo en algunos municipios se establecen distancias entre cantinas y escuelas, etc-.
2- Como la respuesta a la primera es no esta tambien es no.
3- Como 1 y 3 son no, la respuesta a esta es nadie.
Por ultimo como abogados ciertamente debemos tener tolerancia con los clientes (que los hay pleitistos, conciliadores, agresivos, pasivos, justos e injustos) y explicarles cuando estan en un error, y en el caso de su cliente en particular hay que explicarle que en el pais hay libertad de culto y que no hay regulacion que establezca distancia entre iglesias, por tanto debe de ser tolerante en lo que conforme a la ley corresponda.
-No se le olvide cobrarle :lol: :lol: :lol: :lol: :lol: -