Mi estimado y muy respetado Licenciado.
Ante su inquietud sera un gusto poderlo orientar:
1) Sello de Notario (duplicado) este por excelencia.
De ahí hay imprentas que elaboran sellos con ciertas particularidades, para hacernos mas fácil al momento de ejercer la función notarial y que a continuación le detallo:
2) Sello de Certificación: el cual inicia con: "El Suscrito Notario CERTIFICA ______" esta razón con base al art. 30 de la Ley de la Jurisdicción Voluntaria
3) Sello de "autentica" lo correcto es legalización de firma la cual inicia con "Doy Fe:_______"
4) Sello de razón de Saca, que es aquel que se estampa cuando ya se han extendido los testimonios y que dice " Extendí testimonio de la Escritura N°___"
5) Sello de razón de anexos de documentos, igual puede estampar la razón al momento de estar realizando su cierre, sobre los anexos de las escrituras que llevan dicho requisito.
Ojo: los supuestos sellos de los numerales 2 al 5 no necesariamente tienen que ser sellos, lo que si es importante es que se estampe la razón, hay notarios que lo hacen a computadora, otros a máquina, etc. lo que sucede que el sello es practicidad. No obstante lo anterior en mi caso tanto la legalización de firma como la certificación de fotocopias a mi en lo personal me gustan hacerlas a Computadora, esto es a gusto del notario, como le repito los sellos son para momentos de practicidad y prolijidad, ya que ambas razones pueden ser escritas a mano es igual valor tendrán siempre y cuando lleven su firma y sello de notario.
Las razones 4 y 5 yo las incorporó al momento del cierre, no obstante llevó un registro muy detallado a quienes extendi testimonios y que anexos corresponde con cada documento, ya que mi libro solo lo manejo yo y no mi secretaria, aún yo imprimo por razones de seguridad.
Saludos
Busca siempre la justicia por el camino de la sinceridad y sin otras armas que la de tu saber.