
Hola Lic, pues no se como funciona el CNR o en que se basan para pedir el escrito, siento que el código de notario lo deberían de asignar desde el primer momento que usted como notario presenta un testimonio o algún documento en que se vea ahí plasmado el sello y le pidan su tarjeta de abogado etc, digo ya que no se me hace justo presentar tanta solemnidad, si se supone que desde que algo se publica en el diario oficial surte efecto, aunq usted no saque jamas sellos de notario o desempeñe su labor, pero si se publico su acuerdo, desde ahí se le faculta a ser notario.-
No se si serán criterios de la institucion en si, o de las personas que ahí laboran que se sienten con poder de tomarle la documentacion o no a uno, incluso a mi el primer escrito no me lo aceptaron solamente porque no le puse mi sello de abogado se lo puede imaginar???? y eso que tiene que ver?????, yo si les dije que desde que se publicaba en el diario no tenia que hacerse escrito para presentar etc, pero me dijeron que eso no importaba que ellos no trabajaban con la lista que se publicaba en el diario, en fin, licenciado, esperare sus investigaciones a manera de estar informados sobre el como proceden, en base a que y el porque, feliz dia :kiss: