Compañeros necesito su ayuda con una duda que me surge, una persona me solicita un testamento, debido a que uno de sus hijos quiere estar seguro de su herencia (que sera el 50% de una propiedad), pero la testadora tiene dos propiedades, y quiere vender una. pero la persona que le va comprar apenas inicia el tramite de compra y va tardar. y ella quiere hacer el testamento ya. podre yo tomar en cuenta en el testamento solo la propiedad que no va vender, o tomo ambas aunque luego venda una de ellas? revisando el CC veo que en el Art. 996 al final del segundo inciso, dice: "Sin perjuicio de las reducciones a que se halla sujeto su patrimonio con arreglo a la ley" mas no se si refiere a algo como eso. les agradere sus comentarios.