Colegas mi cliente debe $ 4,120 en concepto de mora en, los alimentos a su hija, él quiere pagar, pero para eso necesita vender su casa, que esta con anotación preventiva por la cuota alimenticia, la pregunta es, podrá el juez autorizar la venta de la casa para que mi cliente al final pague la deuda que tiene con su hija???
Su hija quiere que le traspase la casa a su favor, pero mi cliente no quiere traspasarle el inmueble, el abogado de la hija de mi cliente esta pidiendo que se subaste el inmueble por la mora que existe; la audiencia preliminar es la semana entrante, si no llegamos a un arreglo conciliatorio con la hija de mi cliente, consideran ustedes colegas, que el Juez, puede obligar a mi cliente que traspase el inmueble a su hija, o puede subastar la casa a mi cliente.
Además si fuera el caso que se concilie con la hija, puede mi cliente ofrecer una suma de dinero adicional por ejemplo dos mil dolares, como para sufragar los gastos de estudios por cierto tiempo, y se pida la cesación de cuota alimenticia atendiendo el artículo 270 ordinal tercero del C.F.