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Lea los Arts. 1599, 1316 C.C., y Art. 345 C.F., allí aclarará su duda.Fernando2017 escribió: hola colegas, por favor necesito que me ayuden con esta situación, me podrían decir si en el Pacto de Retroventa se pueden consignar a menores de edad, y de ser posible que documentos serian necesarios
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