Lamentablemente, según el tenor literal de la ley, la parte demandada estaría equivocada.
El art. 72 B claramente establece que el plazo de prescripción inicia el día siguiente al de los hechos que motivan la demanda. Así, si el hecho ocurrió el 19 de Octubre de 2016, los TRES MESES a que se refiere la Ley, vencerían el 19 ENERO 2017.
Seguramente la parte demandada esta interpretando que se trata de 90 días, en cuyo caso, el conteo cambia.
Saludos.