Con fecha doce de abril de dos mil doce, el licenciado MARVIN DE JESUS
COLORADO TORRES, actuando en la calidad mencionada, presentó demanda manifestando en
lo esencial que: “HECHOS. Es el caso señoría que mi Representada adquirió una casa con
Promesa de Venta, dicha vivienda se identifica así Inmueble de naturaleza Urbana, sobre el cual
hay construida una casa del sistema mixto, situado en jurisdicción del Barrio El Calvario, de esta
ciudad, se conoce con el nombre de MIRAMONTE marcada en el plano respectivo con el
número diez del polígono “N”, segunda zona de la Urbanización Miramonte de la jurisdicción de
San Salvador, tal como lo compruebo con el Testimonio de Escritura Pública de Promesa de
Compraventa, otorgada en esta ciudad el día quince de Diciembre de Dos Mil Diez, donde los
señores CORDELIA ESCALANTE DE AYALA, y el señor JOSE ARNOLDO AYALA
AYALA, otorgaron Promesa de Venta a la señora MARTA VICTORIA VASQUEZ, de una
vivienda; con la garantía de que una vez pagada la casa por mi representada le otorgaría la
Escritura definitiva, en dicho contrato se estableció lo siguiente: Que mi representada prometió
comprar a los señores CORDELIA ESCALANTE DE AYALA, y el señor JOSE ARNOLDO
AYALA AYALA, el inmueble antes descrito por la cantidad de CIENTO CINCUENTA MIL
DOLARES, dicho inmueble seria cancelado de la siguiente manera, mi representada en el acto de
la promesa de venta entrego a los demandados la cantidad de TRES MIL DOLARES, lo cuales
formaban parte del precio total, posteriormente también les entrego la cantidad de MIL
DOLARES que ellos le solicitaron para pagar asuntos pendientes relacionados con la casa y el
resto se entregaría a la finalización del contrato, dicho plazo venció el día veintiocho de enero de
dos mil once, dicho plazo ya se venció y no se cumplió con dicha obligación ya que dichos
señores se han negado a entregar la documentación respectiva para hacer el trámite necesario
para el préstamo y de pago de la casa y posteriormente hacer el traspaso respectivo o a devolver
el dinero entregado como garantía de dicha promesa; Por lo que mi representado le viene a
solicitar se cumpla con el otorgamiento de la Escritura a favor de mi Representado y una vez
otorgado el traspaso ella pagará la diferencia que faltaba de la fecha del vencimiento de dicho
contrato o de no ser así solicita se le devuelva el anticipo entregado de CUATRO MIL
DOLARES, mas daños y Perjuicios por lo que solicito se anote preventivamente la Escritura de
la Promesa de Venta previo pago de Derecho de Impuesto Registral, ya que mi representada
quiere garantizar el cumplimiento de dicha promesa de venta. Que los señores CORDELIA
ESCALANTE DE AYALA, y el señor JOSE ARNOLDO AYALA AYALA incumplieron los
Artículos 1308, 1309, 1416, 1417, 1425 y 1431 y siguientes del Código Civil y 276 C Pr: C y M
y los aplicables, al no querer otorgar el contrato de Traspaso a favor de mi representado. Por todo
lo manifestado a usted con todo Respeto LE PIDO: Me admita la presente Demanda de
PROCESO DECLARATIVO COMÚN DE CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIÓN,
especialmente en el sentido que se otorgue el respectivo contrato previo pago de lo Pactado con
los señores CORDELIA ESCALANTE DE AYALA, y el señor JOSE ARNOLDO AYALA
AYALA y se otorgue la Escritura respectiva a mi Representada, de conformidad a los artículos
del Código Civil 1308, 1309, 1416, 1417, 1425 y 1431 y siguientes del Código Civil, y 276 del
C. Pr. C.”
Ramirez y Asociados
wsp 75944115
correo jgro31@gmail.com
Abogado Laboralista