Necesito de su experiencia, el caso es el siguiente: Interpongo demanda, la admiten, hasta ahí todo bien, el pero fue: Cuando notificaron al representante legal de una financiera que ya no existe la notificadora le emplaza pero con vicios de ley, por tal motivo, se declara nulo el emplazamiento, tomando como base una sentencia de la CSJ., y lo vuelven a emplazar pero dicho señor ya falleció, ahora me notifica juzgado que haga conforme a derecho corresponde
Pregunta: Como la demanda es para una Financiera, la cual reitero no existe y aparecia el difunto como último representante legal, debo de emplazar a los herederos o hago diligencias de curador ad-litem?

:blink: