Creo que el punto aquí no es el derecho constitucional de un salvadoreño, es más bien si de entrada la ley puede considerarle salvadoreña o no, puesto que no cumple con el requisito que establece la ley para ser considerada salvadoreña, por no ser claro si es hija de salvadoreña, ya que entiendo la menor nació en el extranjero.
Biológicamente hablando, se entiende que si un niño nace de una pareja formada por hombre y mujer, estén casados o no, si son casados se presume que el niño es del esposo, si no lo están y el niño es reconocido, se considera hijo suyo (aunque no lo sea); si no lo quiere reconocer se establece la paternidad por medio del ADN. Es posible asumir o probar el vínculo biológico, porque biológicamente hablando un bebé nace de la unión de un hombre y una mujer, así que al final el vínculo legal de sus padres, puede no ser tan importante si se presume o prueba su convivencia o el lazo biológico con el hijo.
Ahora, en el caso de que dos mujeres sean pareja o estén casadas, es imposible que por si solas tengan un bebé, por eso deben recurrir a la ciencia. Entiendo que debe existir un vínculo que compruebe que la niña es hija de una salvadoreña (artículo 90 de la Constitución), si la madre biológica es estadounidense y su esposa es salvadoreña ¿Hay vínculo?, aunque estén casadas la niña no puede presumirse como hija de ambas, porque el matrimonio no es reconocido por nuestra ley, biológicamente hablando habría que probar que es hija de ambas, no se le puede considerar hija adoptiva o reconocida por la salvadoreña, por lo que según nuestra ley ¿Puede considerarse hija de una salvadoreña?
En última instancia, sería una situación en que deberían de probar con prueba de ADN si es su hija, si en dado caso aportó el ovulo que fecundaron y posteriormente fue implantado en su pareja. Si no hay vínculo biológico con la niña y su matrimonio no es válido, no es considerada la niña nacida de salvadoreña y por ende tampoco es salvadoreña.
Si nació de madre salvadoreña, es decir, quien dió a luz era la mujer que es salvadoreña, si hay un vínculo biológico, es considerada salvadoreña por nacer de una salvadoreña y en ese caso si se le estaría negando su nacionalidad, no importando al final la validéz del matrimonio, se tendría entonces que solicitar que les permitan presentar un documento diferente a la partida de nacimiento para asentar el nacimiento o que aprueben el uso de la partida, dejando de fuera a la pareja y asentándole solo con los nombres de la madre biológica. En este caso quizás procedería irse por la ley de procedimientos administrativos o no sé si de plano proceda un amparo.
Esos son los extremos que en dado caso deben probarse. Si puede ser considerada hija de una salvadoreña según nuestra ley, si cumple los requisitos legales para ser considerada salvadoreña o no.
El Señor es mi pastor; nada me faltará.