Buenas noches colega.
En ese caso tiene dos alternativas: LA PRIMERA es contestar la demanda en sentido POSITIVO. De esa forma puede usted mostrarse parte en el proceso. La ventaja es que usted puede monitorear el caso hasta que se levanté el Embargo; LA SEGUNDA es no contestar la demanda y que el Apoderado del acreedor presente un Escrito, en el cuál mencioné el acuerdo y solicite el levantamiento del Embargo.
Si desea modelo me puede escribir para enviárselo.
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