Buen dia, Sr, Def.
En cuanto a sus inquietudes; no es necesario incorporar un nuevo poder y declaración jurada de ingresos y egresos, debido, que su personería en el proceso ya esta legitimada por el tribunal; con el poder que adjunto con la demanda principal.
Y en cuanto, a la declaración jurada tampoco es necesario agregarla nuevamente, porque no hay que olvidar que la pretensión en la reconvención tiene conexión directa con la pretensión de la demanda principal, tal como lo establece el Art. 49 LPF, es por ello, que seria sobreabundancia acervo probatorio sobre la misma cuestión; si volviese a ofertar los mismos documentos en la contestación de la reconvención de la demanda.