Es mi primer caso de divorcio, por la causal de separación de uno más años (art 106 No. 2 c. F)
Es el caso que mi cliente ha sido demandado, por dicha causal, en cuanto al petitorio solo piden en sentencia se decrete disuelto el matrimonio.
Llevan separados desde el año 2000, procrearon un hijo el cual ya es mayor de ella, pero en el petitorio solo quieren se decrete la disolución del vínculo matrimonial, a lo cual mi cliente está de acuerdo.
¿En caso de contestar en sentido positivo la demanda, el juez nada más decreta sentencia o a voluntad de el continua el proceso aun allanandome?
Se casaron bajo el régimen de bienes separados, y nunca adquirieron bienes juntos en los tres meses de matrimonio, ¿tendrá sentido que el juez, tenga a bien definir cuota a favor de la demandante, aun sin que en la demanda lo pidan?
Al analizar la documentación de la demanda qué le dejaron a mi representado, veo que en la partida de nacimiento de este aparece con los apellidos de padre y madre, pero en su dui, siempre ha aparecido un apellido, en ese caso ¿sería bien contestar la demanda y poner el nombre de mi representado tal cual aparece en el dui o en la partida de nacimiento en la contestación de la demanda?