LA DETENCION PROVICIONAL ILEGAL

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14 años 2 meses antes - 14 años 1 mes antes #19106 por Lc miguel
Hola a todos mis colegas en general necesito su ayuda en el presente problema

A mi defendido a cumplido dos años en detención provisional EN EL CENTRO PENAL DE MARIONA el juez de sentencia especializado aun no se a pronunciado a respecto

De ahí el problema necesito un escrito sobre la detención provisional ilegal por exceder el máximo que establece nuestro código procesal penal

Un escrito dirigido al juez especializado y otro escrito dirigido a la sala para hacer presión y manden a un juez ejecutor para que estudie el caso y ponga en libertad a mi patrocinado por la detención ilegal por exceder el tiempo de su detención provisional.

Se los agradezco de antemano gracias por sus atenciones y respuestas a mi situación legal

GRACIAS DE ANTEMANO PERO LE AGRADECERIA MUCHO SI ME PUEDEN PROPORCIONAR EL NUMERO DE LAS REFERENCIAS DE LA SALA DE LO CONSTITUCIONAL EN LA QUE SE PRONUNCIA SIBRE LA DETENCION ILEGAL (JURISPRUDENCIA) EN CUANTO YA TRASCURIDO LOS 24 MESES
Última Edición: 14 años 1 mes antes por Lc miguel.

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14 años 2 meses antes #19116 por BOCANEGRA
Respuesta de BOCANEGRA sobre el tema Re: LA DETENCION PROVICIONAL ILEGAL
debe solicitar una audiencia especial y meter un abias corpus

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14 años 2 meses antes #19122 por NVramirez
Respuesta de NVramirez sobre el tema Re: LA DETENCION PROVICIONAL ILEGAL
Que ando haciendo por aqui se preguntaràn....:laugh:

Pues solo querìa aclarar que creo que se escribe Habeas Corpus???:whistle:

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14 años 2 meses antes #19129 por lost canvas
Pues lo primero es verificar si lo que dice el penado es cierto, pues hay que ver el expediente de el, no sabemos si el imputado sigue siendo imputado o ya esta condenado colega, digo esto porque segun una resolucion de la sala de lo constitucional de verificarse una detencion ilegal eso solo da lugar a una indemnizacion por daños y perjuicios, en el caso que su culpabilidad no este firme antes de ese plazo de 24 meses, ahora el unico caso que da lugar a la libertad es aquel en el que una persona no haya ni siquiera recibido una condena, es decir en la tramitacion del proceso, lo que no incluye la interposicion del recurso de casacion penal.

LA MUERTE NO ES EL FINAL DE TODO, LA MUERTE NO ES MAS QUE OTRA TRANSFORMACION.

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14 años 1 mes antes - 14 años 1 mes antes #19200 por Lc miguel
Respuesta de Lc miguel sobre el tema Re: LA DETENCION PROVICIONAL ILEGAL

lost canvas escribió: Pues lo primero es verificar si lo que dice el penado es cierto, pues hay que ver el expediente de el, no sabemos si el imputado sigue siendo imputado o ya esta condenado colega, digo esto porque segun una resolucion de la sala de lo constitucional de verificarse una detencion ilegal eso solo da lugar a una indemnizacion por daños y perjuicios, en el caso que su culpabilidad no este firme antes de ese plazo de 24 meses, ahora el unico caso que da lugar a la libertad es aquel en el que una persona no haya ni siquiera recibido una condena, es decir en la tramitacion del proceso, lo que no incluye la interposicion del recurso de casacion penal.


GRACIAS PERO NO TENDRA AHI LA REREFENCIA DE DICHA RESOLUCION....
Última Edición: 14 años 1 mes antes por Lc miguel.

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