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Gracias por responder, osea segun lo que dices, ellos se pueden poner de acuerdo en particion extrajudicial sin tomarme en cuenta? Si dejan a la presona que me vende en el lugar de menos precio, no puedo demandar que me estan vendiendo en un lugar distinto al que se me prometio? No seria esto engaño? Estafa?waldo2173 escribió: EL DERECHO PROINDIVISO NO MANIFIESTA QUE LADO DEL INMUEBLE TE PERTENECE LO QUE SE REALIZA ES UNA PARTICION DE L INMUEBLE PERO ANTES LAS PARTES SE PONEN DE ACUERDO QUE PARTE DEL INMUEBLE QUIEREN Y ESO ES UNA PARTICION EXTRAJUDICIAL, PERO SI NO HAY ACUERDO ES UNA PARTICION JUDICIAL Y AHI SE VA A RIFA LAS PARTES DEL INMUEBLE Y SI TIENES SUERTE TE QUEDAS EN DONDE ESTAS VIVIENDO, TE RECOMIENDO QUE HABLES CON LOS OTROS DUEÑOS PARA VER A QUE ACUERDO LLEGAN Y SI ES MEJOR LA PARTICION EXTRAJUDICIAL POR LOS ACUERDOS ENTRE TODOS Y EN LA VENTA QUE TE HICIERON NO DEBE HABER LINDERTOS SI NO QUE MANIFESTAR TODO EL INMUEBLE DICIENDO QUE ES DUEÑO PROINDIVISO DE UN INMUEBLE UBICADO EN TAL PARTE DE UNA MEDIDA TAL DE UN PORCENTAJE TAL
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la verdad es que si lo sabia, bueno incluso el documento menciona que es proindivision,lo que me ronda la cabeza, es si la persona que me vende llega a hacer una particion extra judicial y acuerda tomar una porcion ubicada en otra que no es la que me prometio, no estaria engñandome? no se si me explico? ya que tengo entendido que en la particion extrajudicial se ponen deacuerdo los dueños de las proindivisiones, y si la persona vendedora llegara a aceptar tomar la procion de menos valor para entregarmela a sabiendas de que no es la que me prometio, eso es lo que me deja dudas, aun que ahi cabe lo queme dices que el documento no podia mencionar en que lugar me vendia ya que ni la persona vendedora lo sabia no? entonces es culpa del abogado? digo el no puede argumentar ignorancia como la persona vendedora no? que sucede si he hecho construccion donde me crei dueño? tienen que pagarme los dueños de la proindivision? o el abogado que hizo el documento ? o en el peor de los casos pierdo yo por construir en algo aun no definido? o ellos argumentar que he estado haciendo uso de la propiedad sin pagar alquiler. gracias me esta ayudando mucho .Heberth escribió: Oye, es que de entrada una promesa de venta sobre derecho proindiviso lleva implícito el" pecado origina", es decir, nunca debió ser, por que recuerda que la promesa de venta debe ser tal, que solo falte la tradición del dominio artículo 1425 CC, en ese sentido describir una parte q el promitente vendedor cree q le tocara no es lo mas sano, pero eso creo q ya quedo claro, y respecto a si puede considerarse engaño? Yo creo q depende... Si tu estuviste consiente de lo q implicaba un derecho prondiviso prometido o no..si la respuesta es no, si veo ardid...
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Si es oportuna, pero la cosa es que segun me dicen el documento esta viciado, por que meciona metros y colindancias cuando solo debio mencionar porcentajes, y otro es que el resgistro no acepta inscripciones en proindivision almenos hasta ahorita, que me recomiendanPACO escribió:
NO SE SI ES OPORTUNA AÚN MI OPINIÓN PERO TE ACONSEJO LO SIGUIENTE:
QUE SI YA PAGASTE, ENTONCES EL VENDEDOR ( QUE SUPONGAMOS TIENE UN 25% DE DERECHO DE PROPIEDAD) TE HAGA LA VENTA DEL PORCENTAJE QUE EL TE PROMETIÓ, SUPONGAMOS QUE FUE EL 12%, QUE TE HAGA LA VENTA LUEGO TÚ LO PRESENTAS PARA SU INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO, DE ESA MANERA NECESARIAMENTE TE DEBEN DE TOMAR EN CUENTA PARA EFECTO DE UNA EVENTUAL PARTICIÓN SEA JUDICIAL O EXTRAJUDICIAL
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PACO escribió: CORRECTO, TOMEMOS EN CUENTA LO SIGUIENTE:
UNO- Si ya hay escritura presentada en la cual te vendió una porción determinada de la proindivisión, efectivamente no es jurídicamente posible y por tanto es objeto de observación en el registro, por lo cual lo que debes de hacer es retirarla sin inscribir.
DOS- Debe de otorgarte la venta del porcentaje a que corresponde la porción que te ha vendido por ejemplo debe decir " QUE SEGÚN MATRICULA ***** ES DUEÑO EN PROINDIVISIÓN EN UN PORCENTAJE DE **%, DE UN INMUEBLE ( ACÁ DEBE DESCRIBIR INTEGRO EL INMUEBLE INCLUYENDO SU NATURALEZA) POSTERIORMENTE DEBE DECIR QUE DEL PORCENTAJE QUE A ÉL LE CORRESPONDE TE VENDE A TI UN *** % HACIÉNDOTE LA TRADICIÓN DEL DOMINIO... LUEGO PRESENTAS EL TESTIMONIO AL REGISTRO PARA SU INSCRIPCIÓN , Y YA ESTAS DENTRO DE LOS COMUNEROS EN EL PORCENTAJE QUE TE CORRESPONDA Y POR TANTO DEBES SER TOMADO EN CUENTA EN CASO DE UNA EVENTUAL PARTICIÓN.
TRES.- NO SE EN QUE REGISTRO SE DA LO QUE ME DICES PERO HASTA DONDE YO SE SI ES FACTIBLE LA VENTA DE PORCENTAJES.
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