Hola, tengo una duda respecto de como proceder en este caso: un señor ya fallecido adquirió por compraventa un terreno urbano en 1951, la compraventa se realizó mediante escritura privada inscrita en la Alcaldía, el señor murió en el 1996 y la esposa quiere aceptar herencia para poder tener el inmueble a su nombre, pero resulta que dicha compraventa no esta inscrita en el CNR, de hecho, en el CNR no aparece antecedente inscrito, únicamente aparece en los datos de catastro que el señor que falleció es el poseedor.
En CNR de chalatenando (ahi se encuentra el inmueble) mencionan que NO se pueden inscribir las escrituras privadas y que se debe hacer un titulo supletorio, pero el titulo supletorio sólo aplica para inmuebles rústicos y NO para los urbanos según la Ley sobre títulos de predios urbanos, y en este caso el inmueble es urbano.
el art. 676 del codigo civil en su numeral tercero dice que podran inscribirse los documentos privados registrados en la Alcaldia conforme a la ley de 1881, siempre y cuando sean previos al decreto que adicionó este numeral al Codigo Civil, es decir, 1976.
Por tanto, mi duda es....¿qué se puede hacer?, creen viable tramitar ante la Alcaldía que se extienda título municipal a favor de la señora por haberlo poseído por más de 10 años?.
POR FAVOR SI ALGUIEN HA INSCRITO ESCRITURAS PRIVADAS DE INMUEBLES URBANOS SIN ANTECEDENTE CUENTENME SU EXPERIENCIA, CUALQUIER AYUDA SERÁ BIENVENIDA