Entiendo que el propietario verbalmente les está pidiendo la casa para hacer supuestas reparaciones.
Sin embargo, para ello, el propietario debe promover el juicio de inquilinato correspondiente, en donde con la demanda deberá expresar y presentar los siguientes elementos:
el propietario deberá presentar:
1. Un plano completo, debidamente aprobado de las obras a realizar,
2. Especificar tiempo de duración.
3.Consignar una cantidad igual a dos mensualidades de renta, que se entregará al inquilino si en el plazo de un mes contado desde la desocupación no se comienzan los trabajos, todo de acuerdo al art.481 CPCM
Ciertamente, el propietario mantiene el derecho a disponer del inmueble,pero este derecho de disposición está condicionado cuando existen obligaciones como el arrendamiento, y para superar este limitación debe promover las acciones correspondientes.
En todo caso, es bueno como dice el colega, que valla viendo otras opciones.