Por la misma naturaleza del inmueble,las medidas son inalterables,ya que es un edificio.Por principio de Rogacion,usted puede realizar la remidicion perfectamenta y presentarle.Ahora mi muy particular punto de vista,ya que como al principio mencionaba las medidas son inalterables,se entenderia en un predio podria entrar en discrepancia con los colindantes,pero en este caso loveo dificil,pero si se desea tener certeza registral de las medidas reales perfectamente contaacte al perito y se realiza la remidicion.