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nelsonisai escribió: Colegas, esto tiene solucion, como cuando uno de la Escritura 50 se pasa a la 53 quedando en el aire la 51 y siguientes.... en este caso lo que hay que hacer en el caso que les estoy exponiendo es; numero 51 no existe..., 52 no existe y asi sucesivamente.....
se me imagina a mi, que como es imposble cambiar porque existen escrituras ya inscritas, se tendran que identificar en el protocolo para efectos de alguna solicitud de testimonios con la numeracion ..bis.. eso me imagino,
al colega todo tiene salida, con lo expuesto quiero decirle que ni dormi, cuando somos responsables, pero gracias a dios todo tiene solucion, preocupese cuando haga algo que este prohibido y fuera de la ley, pero esto es error de dedo..
saludos a todo el gremio de abogados y colegas... FELIZ AÑO PARA TODOS....
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