Buenas Tardes colegas
De que manera se puede renunciar de un proceso de familia, ya que el desistir, segun el art.90 de la Ley Procesal de Familia lo prohibe a menos que se encuentre facultado para ello, seria una renuncia u otra figura...
O ya no se quiere continuar con el proceso, por xxxx motivo????
Bueno...
Renunciar como abogado, se presenta un escrito al Juez, expresando los motivos, y pidiendo que se le requiera a la parte actora o demandada que nombre otro Abogado que represente sus intereses.
Renunciar a las pretensiones... es desistir; lo cual no esta prohibido; pero si el Apoderado no esta facultado, pues no lo puede hacer... Ademàs hay procesos que por el derecho que se tutela (razòn del litigio) algunos jueces, no aceptan el desistimiento.
Sugiero la lectura del art. 86 LPF
Muy buena la respuesta de la estimada forista NVramirez, muy buena , se ve que tiene un conocimiento muy amplio sobre estos temas.Felicidades y Bendicones.
El que oculta sus delitos No prospera, el que lo confiesa y cambia otendra compasión.-
Proverbios. 28,13.
Muchas gracias por compartir sus conocimientos lic. Pedirle si puede subir un modelo de renuncia como abogado al proceso
"NVramirez" post=28554]Renunciar como Abogado????
"Renunciar de la pretensiòn?????
O ya no se quiere continuar con el proceso, por xxxx motivo????
Bueno...
Renunciar como abogado, se presenta un escrito al Juez, expresando los motivos, y pidiendo que se le requiera a la parte actora o demandada que nombre otro Abogado que represente sus intereses.