LA NOVACION

14 Nov 2012 18:30 #1 por eva funes
LA NOVACION Publicado por eva funes
Necesito saber la diferencia entre la novacion, la confusion y la compensacion.
Pueden darme ejemplos.

Gracias!!!!

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14 Nov 2012 20:38 #2 por maioiq
Respuesta de maioiq sobre el tema Re: LA NOVACION
La diferencia principal radica en la forma en que éstas son fuente de obligaciones. La novación es cuando entre deudor y acreedor se tiene recíprocamente dicha calidad. Es decir A es deudor de B, pero tambien B es deudor de A. O dicho de otra forma B es acreedor de A, pero A también es Acreedor de B.

En cuanto a la confusión, El acreedor obtiene la calidad de deudor de una obligación. Es decir, por alguna circunstancia, A es deudor de él mismo.

En relación a la Compensación, es el pago de una deuda con algo similar.


Lo anterior de forma básica y superficial, te recomiendo leas a Somarriva, ahí podrás ilustrarte de gran forma.

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19 Feb 2013 15:53 #3 por pelong
Respuesta de pelong sobre el tema Re: LA NOVACION
Donde podría conseguir un modelo?
El siguiente usuario dijo gracias: Hui Ying

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19 Feb 2013 20:39 #4 por Hui Ying
Respuesta de Hui Ying sobre el tema Re: LA NOVACION
hola colega se que nada que ver con el tema pero Omero me da risa.
El siguiente usuario dijo gracias: pelong

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26 Abr 2017 11:52 #5 por franciscolegis
Respuesta de franciscolegis sobre el tema Re: LA NOVACION
Me permito aclarar que el concepto o ejemplo planteado de novación no es correcto. La novación es la sustitución de una nueva obligación por la anterior. Esta puede darse de 3 formas: 1) Sustituyéndose una nueva obligación a otra, sin que intervengan nuevo acreedor o
deudor; 2º Contrayendo el deudor una nueva obligación respecto de un tercero, y declarándole en consecuencia libre de la obligación primitiva el primer acredor;
3º Sustituyéndose un nuevo deudor al antiguo, que en consecuencia queda libre. Revisar los arts. 1598 y ss CC.

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