hola si alguien puede ayudarme quisiera saber cuales son los tramites para contituir un sociedad mercantil de responsabilidad limitada, cuanto necesito de capital para iniciarla y que tengo que presentar en el registro de comercio, cules son lo papeles y el requerimiento legal para dicho tramite si alguien me ayuda se lo agradecere.
El capital social no puede ser inferior a dos mil dólares de los Estados Unidos de América; se dividirá en participaciones sociales que pueden ser de valor y categoría diferentes, pero que en todo caso serán de un dólar o de un múltiplo de uno. No se admite aporte industrial.
REQUISITOS LEGALES PARA ORGANIZAR UNA SOCIEDAD EN EL SALVADOR:
a) La Sociedad tendrá el nombre que el inversionista escoja, seguido de las siglas
de tipo de sociedad que elijan constituir;
b) La Sociedad será de nacionalidad salvadoreña;
c) El domicilio de la Sociedad será el de la ciudad en donde se vaya a asentar las
oficinas principales, estableciéndose además que podrá abrir sucursales en
otras ciudades de El Salvador, o en el exterior;
d) El término de existencia de la Sociedad puede ser por tiempo determinado o
indeterminado;
e) El capital mínimo deberá ser de US$ 2,000.00(al elegirse constituir Sociedad Anónima, Sociedad en Comandita por acciones o
Sociedad de Responsabilidad Limitada).
No existe restricción en cuanto a la participación de extranjeros en Sociedades
de nacionalidad salvadoreña, y pueden tener el cien por ciento del capital, si
así lo desean.
f) De acuerdo con el Código de Comercio, el capital debe ser pagado al
momento de firmar la escritura pública de constitución de la Sociedad. El
Notario Público autorizante debe dar fe de haber visto un cheque certificado a
nombre de la Sociedad, por el capital total, contra un Banco local, o en su
defecto, un cheque, estableciendo en ese caso un plazo el cual no podrá ser
mayor a 5 años para el pago del saldo insoluto.
g) Para la constitución de la Sociedad serán necesarios por lo menos DOS
ACCIONISTAS, estableciéndose el porcentaje de acciones (S.A. o S en C. Por
acciones) o participaciones (S. Ltda, S. Comandita Simple y S. Colectiva) que
cada uno de ellos tendrá.
Si uno de los accionistas es una Sociedad extranjera, un Poder Especial debe
ser otorgado para que sea representada en el momento de la firma. Lo mismo
aplica si los accionistas son personas naturales extranjeras que no podrán venir
al país a firmar la escritura de constitución;
h) La administración: No hay problema en que quien tenga la representación
legal sea extranjero y no viva en El Salvador, pero para efectos prácticos, sobre
todo al principio, se aconseja que al menos uno de los directores propietarios
que tengan representación legal, resida en El Salvador, para que pueda firmar
peticiones, autorizaciones y todo lo necesario para la organización de la
Sociedad. Los Directores, Gerentes o el Administrador Unico ejercen sus
funciones por un período fijo que no puede ser mayor de cinco años.
i) La administración de la sociedad es la que debe de nombrar al Auditor Externo
de la misma;
j) Es necesario enviar al Notario fotocopias de los pasaportes o de los
Documentos de Identidad, de las personas que comparecerán a otorgar la
escritura de constitución.
"Tu deber es luchar por el derecho; pero el día en que encuentres en conflicto el derecho con la justicia, lucha por la justicia".
Buena información...quisiera saber si pueden proporcionar el poder especial que otorga una persona natural para que lo representen en na constitución de una sociedad