hola amigos tengo dos dudas en las que necesito su ayuda, la primera es si puede hacerse un mutuo en documento privado autenticado ? y la segunda es de que un cliente quiere que se le haga un traspaso de vehiculo pero el vendedor no coloco la tarjeta de circulacion a su nombre, mi pregunta es si puede hacerse ese traspado y no tener problemas en sertracen a la hora de querer sacar la tarjeta a nombre del comprador, gracias amigos.
si es un mutuo sin garantia si se puede, pues el cc no exige que el mutuo simple requiera escritura pública, si es con garantia si debe hacerse en escritura publica, pues para las garantias si se exige escritura pública, pero en lo personal es mejor en escritura pública pues luego resulta mas facil exigir la obligación; Con relación a lo del carro, te diré que si el vendedor aún no aparece como dueño y tampoco tiene compraventa a su favor de ese vehículo, y el intenta hacer la compraventa hacia el otro señor, basicamente es venta de cosa ajena, la cual es valida segun el cc, pero sertracen no acepta eso, si pretende debe ser dueño teniendo un documento que ampare su propiedad, dicho asi de nada sirve intentar una compraventa pues no será inscribible.
LA MUERTE NO ES EL FINAL DE TODO, LA MUERTE NO ES MAS QUE OTRA TRANSFORMACION.
Ahora de tu pregunta entiendo que solamente el vendedor no tiene a su nombre la tarjeta de circulación pues no expresas si tiene o no compraventa a su favor.
Si el vendedor tiene una compraventa a su favor pues no hay problema que la tarjeta de circulación no esté a su nombre, solo debes relacionar que él es dueño y actual poseeedor de un vehículo no inscrito a su nombre pero inscribible por estarlo su antecedente en el Registro de Vehículos....
Y claro si no tiene compraventa pues no es propietario y en ese caso te desaconsejo totalmente que efectúen la operación.
Acá un modelo en Escritura Pública que puedes leer y adaptar a un privado autenticado por si así lo piensas hacer:
NUMERO DOCE. En la ciudad de San Salvador, a las diecinueve horas del día tres de septiembre del año dos mil doce. Ante mí,
, Notario, de este domicilio, comparece el señor ----, cuya firma se lee: “E.M.M.”, Empleado, de treinta y tres años de edad, con domicilio en San Salvador, Departamento del mismo nombre, a quien conozco e identifico por medio de su Documento Único de Identidad número:
, con Número de Identificación Tributaria:
. Y ME DICE: I) Que es dueño y actual poseedor de un vehículo de las características siguientes: NUMERO DE PLACAS:
; AÑO: MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CINCO; MODELO: GOLF GTI; COLOR: ROJO; CLASE: AUTOMOVIL; TIPO: SEDAN; MARCA: VOLKSWAGEN; CAPACIDAD: CINCO ASIENTOS; NUMERO DE MOTOR: A D C CERO UNO CERO CUATRO CINCO NUEVE; NUMERO DE CHASIS GRABADO: TRES V W UNO NUEVE UNO UNO H M S M CERO CERO TRES NUEVE CINCO NUEVE; NUMERO DE CHASIS VIN: N/T. II) Que por el precio de TRES MIL SETECIENTOS DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, que declara tener recibidos a su entera satisfacción de la señorita
, le vende el vehículo antes relacionado, el cual no se encuentra inscrito a su nombre en el Registro Público de Vehículos Automotores de la Dirección General de Tránsito pero es inscribible por estarlo su antecedente, efectuándole en este acto la tradición del dominio, posesión y demás derechos anexos que sobre el vehículo que ahora vende le corresponden, entregándoselo materialmente y obligándose al saneamiento de Ley. Presente desde el inicio de este documento la señorita
. ME DICE: Que acepta la venta y tradición del dominio, posesión y demás derechos que sobre el vehículo objeto de este contrato se le hace, así también de la entrega material. Ambas partes señalan como domicilio especial esta ciudad a cuyos tribunales se someten expresamente en caso de acción judicial. Así se expresaron los comparecientes a quienes expliqué los efectos legales de este instrumento, y leído que les hube íntegramente todo lo escrito en un solo acto sin interrupciones, manifiestan su conformidad, ratifican su contenido y firmamos DOY FE
Si el vendedor tiene venta a su favor, pero no hizo el traspaso en certracen, no hay problema, puede hacerse la venta y al momento de que el comprador haga el traspaso en certracen para que la nueva tarjeta aparezca a su favor, lo unico que debe hacer es, presentar las dos ventas simultaneamente, solo pagará -si no me equivoco- $5.71 adicional al tramite normal.
En cuanto al mutuo, no hay problema hacerlo en Documento Privado reconocido ante NOtario o en Escritura Pública, a menos que tenga garantía hipotecaria, pues para la constitución de la hipoteca se requiere Escritura Pública seguida de inscripción en el correspondiente Registro de la Propiedad.
Saludos
Última Edición: 18 Ene 2013 13:30 por cordobias. Razón: Ampliación de la respuesta
No hay mejor forma de ejercitar la imaginación que estudiar la ley. Ningún poeta ha interpretado la naturaleza tan libremente como los abogados interpretan la verdad. (Jean Giradoux)