BUENAS NOCHES: Me gustarìa conocer sus opiniones jurìdicas sobre cómo es conveniente proceder,respecto al siguiente caso:
" Un cliente cancelò un crèdito hipotecario que le habìan dado por 20 años con INPEP en el año 2002, pero a la fecha el INPEP no le ha devuelto las escrituras inscritas, pues segùn le han manifestado en el Depto. Jurìdico, nunca la han inscrito, pues la propiedad estaba gravada con una hipoteca por tres mil colones que hizo la hija de la persona que le vendiò a mi cliente a travès de INPEP, le recomendaron que buscara èl al acreedor de ese prèstamo (a quien èl desconoce), al igual que desconoce el domicilio de quien le vendiò que en aquel momento ya tenìa un poco màs de 80 años de edad, por lo tanto no puede inscribir la propiedad a su nombre"
Què se le puede recomendar: Que espere los 30 años para la tramitar una prescripciòn o que se le puede sugerir para resolver su problema legal, pues no le encuentro muchas salidas.
Gracias por sus valiosos aportes
OK, DEBE VERIFICAR SI EFECTIVAMENTE ESE INMUEBLE EN EL CNR TIENE EL GRAVAMEN DE HIPOTECA CONSTITUIDO EN SU MOMENTO POR LA HIJA DE LA SEÑORA QUE VENDIO A SU CLIENTE, SI ES ASI DUDO QUE EN EL REGISTRO DE PROPIEDAD FIGURE COMO DUEÑO SU CLIENTE, PUES AUNQUE HUBIESE TENIDO COMPRAVENTA ME IMAGINO NO PUDO INSCRIBIRLA PO LA HIPOTECA. CON TODO, SI EFECTIVAMENTE EL INMUEBLE SE VENDIO A SU CLIENTE BAJO HIPOTECA, Y SI YA VENCIO EL PLAZO PARA EL PAGO DEL MUTUO, Y ASI MISMO LA ACCION PARA EJECUTAR LA HIPOTECA, DEBE SEGUIRSE UN PROCESO PARA PEDIR LA PRESCRIPCION DE LA ACCION EN CONTRA DEL ACREEDOR, QUE NO SAB POIENDO SU ACTUAL DOMICILIO, SE DEMANDA CON PARADERO IGNORADO POR MEDIO DE EDICTOS.
LA MUERTE NO ES EL FINAL DE TODO, LA MUERTE NO ES MAS QUE OTRA TRANSFORMACION.
apreciada SILAIDA es dudoso que una INSTITUCION como INPEP haya dado credito hipotecario por un inmueble con gravamen, y ahora se tenga ese problema, me gustaria ayudarle con todas las de la ley, indiqueme el nombre del cliente o al menos el numero del credito que comienza con 21 o 22 y digame cuando pagó el credito... si fue demandado o no por INPEP.
Gracias por su respuesta y por la oferta de su ayuda, la cual valoro mucho. Desafortunadamente no le puedo proporcionar informaciòn sobre mi cliente, pues estàn tratando de manejar esta con toda discrecionalidad, pues temen perder su propiedad y estoy en la obligaciòn de respetar su decisiòn. Y sì le puedo decir con certeza que asì lo manejo INPEP , QUIEN SABE PORQUE
aqui quien tiene que responder incluso por daños y perjuicios es el INPEP ya que es el responsable de todo el trámite y de garantizar el fiel cumplimiento de los procedimientos administrativos que ante él se realizan, yo sugiero demandar al INPEP el incumplimiento de sus deberes y obligaciones.
GRACIAS SHAMBA POR SU RESPUESTA, ME GUSTARIA SABER SI CONOCE USTED DE ALGÚN CASO DE DEMANDA A INPEP, QUE HAYA SIDO FAVORABLE PARA EL DEMANDANTE ??
Y SI TIENE ALGÚN MODELO ME LO PODRÍA PROPORCIONAR