En principio la normativa notarial establece que las cantidades y las fechas deben escribirse en letras.
Art. 32.- La escritura matriz deberá reunir los requisitos siguientes:
7º- Que se escriban con letras las cantidades y las fechas;
Se ha asumido como regla que todo número (cantidad) se debe escribir en letras, aunque las cantidades no se refieran necesariamente a asuntos patrimoniales o a fechas.
Las cantidad entendida de manera general como cierto número de unidades sin referencia a algo, o algo patrimonial; sin embargo seria una interpretación mas restringido si la cantidad la relacionamos a cantidad de unidades con referencia a algo.
Sin embargo la norma no hace la diferencia si es una cantidad en abstracto o con referencia a algo específico, entonces debemos interpretarla desde el punto de vista general, cantidad es cierto número de unidades, de lo cual se entiende que se deben escribir en letras cualquier cantidad de unidades con referencia algo a nada.
En el caso de la dirección de correo electrónico que está conformada en muchas ocasiones por letras y números proporcionados por el proveedor con lo cual identifica al usuario, no son cantidades incorporadas que hacen referencia a cierto número de unidad con referencia a algo, sino mas bien solo tienen el propósito de identificar al usuario a través de esta dirección electrónica y como en la Ley no hace distinción en cuanto a las cantidades, se debe aplicar la interpretación general, es decir que cualquier número o cantidad se escriben en letras.
La dirección electrónica es una novedad de nuestro tiempo que el legislador de 1962 jamás podía haber previsto y considerando que las cantidades o números incorporados en las direcciones electrónicas, no se refieran a cantidades sobre algo en particular, y por lo cual está lejos de considerarse referido a asuntos patrimoniales o de trascendencia patrimonial, y por presentar características propias del ámbito digital, la dirección electrónica debería de aceptarse la escritura tal como como se utiliza en este medio.
Sin embargo, eso no obsta para que se pueda escribir el correo electrónico en letras tal como dice el la Ley del Notariado y escribir entre paréntesis la dirección tal y como se usa en el metido digital. Ejemplo: rebelde nueve cinco nueve nueve arroba Hotmail punto com (
rebelde9599@hotmail.com)