Hola buenas tardes, espero puedan orientarme a como hacer el procedimiento en este caso:
El caso es que el señor en estado de ebriedad le dio una escritura de su casa a un señor pues necesitaba le prestara el dinero, el señor se aprovechó de el (no le prestó el dinero y le quitó la escritura) y se lo llevó directo con un notario para que le hiciera la compraventa. Obviamente hay fuerza y dolo y se debe impugnar la misma pero como se hace?
Se advierte claramente que el notario que elabora la escritura de compraventa también actúa de mala fe, sería conveniente reportarlo, ya que como profesionales del derecho no deberíamos prestarnos a este tipo de cosas. Saludos!!!
Colega,,,, mi aporte es el siguiente: Primeramente debe indagarse que el señor verdaderamente estaba ebrio cuando firmo la venta,,, si hay testigos de lo que el menciona,,, siendo así, debe denunciar el hecho a Investigación Profesional de la CSJ,,, ya que el Notario también es culpable de eso ,, ya que para pedirle al Juez una nulidad de ese instrumento debe tener bases sólidas,, acuérdese que en materia Notarial, NOOOo operan las presunciones, denuncie al Notario,,, en la CSJ, y de ser posible en la FGR, pero siempre que usted esté seguro que lo que dice el señor es real y hay testigos del hecho,,,, yo tuve un cliente de noventa y cinco años que así lo engañaron le dijeron que le prestarían seiscientos dólares, pero que llevara las escrituras de todos sus terrenos para hacer la hipoteca y el prestamista lo que hizo fue la compraventa a su favor; y a esto se prestó el Notario; y tampoco le prestó nada,,, pero de inmediato los hijos del señor se fueron a la FGR,,, y el ladrón ese está siendo procesado por estafa... es lamentable que existan Notarios tan..... ????????? ok colega búsquele salida que la tiene que haber.-
Estoy totalmente de acuerdo con Ruby Alexandra, primero debes indagar bien, si existe o no testigos, reunir las pruebas para convencer al Juez que tu cliente, fue víctima de un engaño, y que se aprovecharon de su estado para que firmara ese instrumento de contrato de compraventa, porque al Juez no le bastará con que tu digas que tu cliente estaba ebrio y que por esa razón se aprovecharon de la situación, y lo hicieron firmar, el articulo 1,316 en su numeral segundo del Código de Civil, establece, que para que una persona se obliga a otra por un acto o declaración de voluntad es necesario:
2° Que consienta en dicho acto o declaración y su consentimiento no adolezca de vicio.
En este caso existe vicio en el consentimiento, articulo 1,122 Cv. nos dice los vicios de que puede adolecer el consentimiento que son error, fuerza y dolo.
Habría que hacer un análisis jurídico, en cual de estos se aproxima a tu caso Cristina.
Pero no estaría mal también que acudas a la Sección de Investigación Profesional de la Honorable Corte Suprema de Justicia, a interponer la denuncia al Notario que se presto para este tipo de actos, por eso no me extraña que hoy en día a muchos notarios se les están suspendiendo sus protocolos, es una lastima porque reflejan una mala imagen a la comunidad jurídica, a todos los abogados y notarios.
"Cuando el objetivo te parezca difícil, no cambies de objetivo;
busca un nuevo camino para llegar a él."