Todo lo relacionado con las Armas de fuego tienes que tramitarlo en la Oficina de Registro y Control de Armas del Ministerio de la Defensa Nacional, quede sobre la Autopista norte después de la Universidad Nacional.
Recuerde que para tener, portar mover o cualquier actividad con un arma de fuego, necesita el permiso correspondiente, de lo contrario se puede caer en un delito:
TENENCIA, PORTACION O CONDUCCION ILEGAL O IRRESPONSABLE DE ARMAS DE FUEGO
Art. 346-B.- Será sancionado con prisión de tres a cinco años, el que realizare cualquiera de las conductas siguientes: )
a) El que tuviere, portare o condujere un arma de fuego sin licencia para su uso o matrícula correspondiente de la autoridad competente; (27)
b) El que portare un arma de fuego en los lugares prohibidos legalmente, en estado de ebriedad o bajo los efectos de sustancias psicotrópicas;
c) El que entregare o proporcionare un arma de fuego a menores de edad, sin ejercer vigilancia, ni tomar las medidas de seguridad necesarias, o fuera de los lugares y casos permitidos por la ley
Si el tenedor, portador o conductor reincidiere o tuviere antecedentes penales vigentes, será sancionado con prisión de cinco a ocho años.
si de hecho se supone que el arma esta registrada y qeu su portador tiene la autorizacion para portar armas.... la pregunta va mas enfocada en que si se necesita un permiso para sacar el arma del pais.... pero no para su venta... simplemente la persona va de vacaciones a guatemala por poner un ejemplo... y quiere llevar su arma
SI necesita una autorización especial, ademas debe informarle a la Aerolínea si es por avión, pues no todas permiten transportar armas de fuego, y las que lo permiten es bajo ciertas reglas, en ningún momento permiten transportar municiones.
La ley de control y regulación de armas de fuego regula la ENTRADA Y SALIDA del país de las armas en los artículos siguientes:
Art. 34.- Para la exportación e importación de armas de fuego y demás Artículos regulados por la Ley el Ministerio de la Defensa Nacional extenderá el permiso especial correspondiente, para lo cual el interesado deberá obtenerlo previo al ingreso o egreso al territorio nacional de dichos Artículos, debiendo reunir los requisitos exigidos en el Art. 16 de esta Ley.
Tanto para la exportación como para la importación de armas de fuego y demás artículos regulados por esta Ley, los interesados deberán previamente remitir al Ministerio de la Defensa Nacional, un listado detallado de los artículos objeto de la transacción, el nombre del destinatario y el remitente en su caso, debiendo constatar que dichas armas no sean desviadas a terceros países
Art. 16.- Las personas naturales o jurídicas que se dediquen al comercio de armas y municiones deberán cumplir con los requisitos siguientes:
a) Presentar solicitud ante el Ministerio de la Defensa Nacional, la cual contendrá nombres y apellidos, edad, estado civil, nacionalidad, profesión u oficio, número de documento de identidad personal, dirección exacta de su residencia y del lugar donde habitualmente permanece;
b) Presentar original y fotocopia del documento de identidad personal, o fotocopia certificada; indicando la clase y tipo de armas de fuego y municiones que venderá al público;
c) Matrícula de comercio, número de NIT y número de registro fiscal;
d) Declaración jurada ante notario que la información es verídica, además de informar oportunamente sobre cualquier cambio en los datos proporcionados. En el caso de las personas jurídicas esta declaración la hará su representante legal; y
e) Presentar constancias de carencia de antecedentes penales y policiales del representante legal, de la persona natural propietaria de la empresa y de los miembros de la Directiva de la Sociedad de que se trate.
Estimado Cespedes si puedes transporter un arma de fuego fuera del pais siempre y cuando estes autorizado legalmente para ello por medio de un permiso especial otorgado por el Ministerio de Defensa Nacional. Esto es si te refieres a un arma de uso personal lo que significa que debes traerla consigo cuando ingreses de nuevo al pais. nota que si viajas en avion debes primero llamar a la aerolinea donde piensas comprar el boleto y solicitor informacion al respecto. Ahora si tu intencion es llevar un arma de fuego para luego comercializarla esto es un proceso diferente y costoso asi que cuidado con eso. Ademas toma en cuenta que el pais donde piensas llevar el arma debes revisar la ley de armas de ese pais todo por aquello de la portacion o conduccion dentro del pais donde estaras o vacacionaras.