El caso es que el causante nunca se casó y dejó 5 herederos que le sobreviven, 4 hijos y la mamá, el problema esta que 2 de esos hijos estan interesados en aceptar la herencia, los demas tambien pero no hacen ningun esfuerzo por iniciar el tramite, yo les propongo a los 2 hijos verdaderamente interesados a hacer las diligencias de aceptacion de herencia via judicial para no meter en problemas a ningun notario con un posible conflicto entre herederos.
Hasta ahi todo bien, pero mi duda consiste en que si al presentar la solicitud debo: 1)Presentar la solicitud solo de los 2 hijos que estan verdaderamente interesados solo adjuntando las partidas de nacimiento de ellos, y la de nacimiento y defuncion del causante, sin mencionar nada mas; 2) Presentar la solicitud de los mismos 2 hijos interesados sus partidas de nacimiento, nacimiento y defuncion del causante, mas la partida de nacimiento de los otros hijos y nacimiento y defuncion de la madre y padre del causante segun el caso; y 3) Todo lo del 1) y mencionar donde pueden ser citados o si desconozco su paradero segun el caso de los demas herederos; y 4) Todo lo del 2) y mencionar donde pueden ser citados o si desconozco sus paraderos.
Yo quisiera optar por el numeral 1), aunque entiendo que lo mejor es el numeral 4); pero no estoy seguro si estoy obligado a presentar toda esa documentacion de los otros herederos, no es que ignore las normas del codigo civil respecto a la aceptacion de herencia, si se que estoy obligado mencionar las direcciones de los demas herederos, pero no las sabemos, hay que averiguarlas y yo preferiria no hacerlo, pero pregunto para mejor evitar alguna prevencion de dificil subsanacion, porque tambien se ignora donde pueden estar asentadas las partidas de los padres y de los otros hijos.
Espero me den sus opiniones amigos, ya que no he hecho un tramite asi via judicial y no se cual seran los criterios de los jueces.
YO TE ACONSEJARÍA QUE TE EVITES PROBLEMAS A FUTUROS QUE PASA SI NO LOS MENCIONAS POSTERIORMENTE ACUDEN A RECLAMAR SU DERECHO PUEDES DARLES SUGERENCIAS A DICHOS HEREDEROS PORQUE SEGUN ENTIENDO NO SABES DONDE ESTAN ELLOS PERO SI LOS LOCALIZAS PUEDES SUGERIRLES CEDER SU DERECHO O RENUNCIAR A SU DERECHO DE HERENCIA
Art. 1167.- Si un heredero estuviere ausente de la República y no se presentare por él su
apoderado o representante legal, el Juez le nombrará un curador especial que acepte la herencia
con beneficio de inventario.
Art. 1168.- Cuando haya disputa sobre los derechos a la sucesión, tendrán la representación de
ésta el heredero o herederos declarados, y el curador adjunto en su caso; y si ninguno estuviere
declarado, el Juez nombrará un curador interino para mientras se resuelve por sentencia
ejecutoriada la disputa, pudiendo elegir para este cargo a aquel de los solicitantes que sea más
apto
GABYSS escribió: YO TE ACONSEJARÍA QUE TE EVITES PROBLEMAS A FUTUROS QUE PASA SI NO LOS MENCIONAS POSTERIORMENTE ACUDEN A RECLAMAR SU DERECHO PUEDES DARLES SUGERENCIAS A DICHOS HEREDEROS PORQUE SEGUN ENTIENDO NO SABES DONDE ESTAN ELLOS PERO SI LOS LOCALIZAS PUEDES SUGERIRLES CEDER SU DERECHO O RENUNCIAR A SU DERECHO DE HERENCIA
Art. 1167.- Si un heredero estuviere ausente de la República y no se presentare por él su
apoderado o representante legal, el Juez le nombrará un curador especial que acepte la herencia
con beneficio de inventario.
Art. 1168.- Cuando haya disputa sobre los derechos a la sucesión, tendrán la representación de
ésta el heredero o herederos declarados, y el curador adjunto en su caso; y si ninguno estuviere
declarado, el Juez nombrará un curador interino para mientras se resuelve por sentencia
ejecutoriada la disputa, pudiendo elegir para este cargo a aquel de los solicitantes que sea más
apto
Gracias por su opinion colega, los otros herederos no creo que cedan o renuncien su parte, ellos si quieren la herencia pero no hacen ningun esfuerzo por ponerse de acuerdo para hacer las diligencias, yo quisiera iniciar las diligencias solo con los 2 hijos interesados, y posteriormente en el llamamiento que se hace a que se presenten otros herederos con igual o mejor derecho avisarles para que vayan a presentar sus documentos que los acreditan como tales.
colega presente documentacion de sus clientes y los q no loson mencione sus nombres y sus direcciones, el tribunal los citara si no llegan se entiende q repudian la herencia y sus clientes pueden acrecer su parte
La ley establece quien son los llamados a la susecion, que es el conyuge, los hijos y los padres si estan vivos, en este caso te recomiendo que tambien presentes los documentos de los otros herederos, haya en la audiencia que repudien la herencia si no estan interesados.
lo mas recomendable es la opción 2, ajuntar todas las partidas de nacimiento de todos los herederos o llamados a suceder, y mencionar donde pueden ser emplazado, es decir la opción 3-1, así como la partidas de defunción de los padres, para demostrar claro que ya están muertos, pues de lo contrario también serian llamados a suceder, es requisito. en el caso de la señora (mama de los herederos) es recomendable adjuntar la escritura de matrimonio o en su caso la declaratoria de unión no matrimonial.