amigos se puede en un mismo poder general judicial agregar en una clausula especial que otorga al apoderado primero para que comparezca ante notario y promuevan cualquier tipo de diligencias, conforme lo regula la Ley del Ejercicio Notarial de la Jurisdicción Voluntaria y de otras Diligencias, y para que realice los trámites de obtención de su Historial laboral y gestione la pensión, devolución o cualquier otro beneficio a que tuviere derecho en virtud de la Ley del Sistema de Ahorro para Pensiones en el Instituto Salvadoreño del Seguro Social, Instituto Nacional de Pensiones de los Empleados Públicos o ante la Administradora de Fondos de Pensiones correspondiente; este último es para realizar tramites administrativos en el INPEP.
se puede en un mismo poder o es necesario que otorguen dos poderes????