Becky Hernandez escribió: como se procede en caso en el caso que una hija a hipotecado la casa en la que vive el papá y aparentemen te ha falsificado la firma, porque el señor no ha dado el consentimiento para dicha hipoteca.... ayuda... 
Es lamentable que todavía ocurran estos casos, tienes que decirle al dueño del inmueble( el supuesto deudor), que tiene que presentarse a la FGR, a presentar la denuncia de DE ESE HECHO, POR QUE ESTOS INVESTIGARAN, POR LOS DELITOS DE FALSEDAD MATERIAL E IDEOLOGICA .......///// Suerte...!!!
CAPÍTULO II----
DE LA FALSIFICACIÓN DE DOCUMENTOS
TÍTULO XIII DELITOS RELATIVOS A LA FE PÚBLICA
CAPÍTULO II DE LA FALSIFICACIÓN DE DOCUMENTOS
art.-283 FALSEDAD MATERIAL
El que hiciere un documento público o auténtico, total o parcialmente falso o alterare
uno verdadero, será sancionado con prisión de tres a seis años.
Si la conducta descrita en el inciso anterior se realizare en documento privado, se
impondrá la misma pena si el agente actuare con ánimo de causar perjuicio a un
tercero.
ART .284 FALSEDAD IDEOLÓGICA
El que con motivo del otorgamiento o formalización de documento público o
auténtico, insertare o hiciere insertar declaración falsa concerniente a un hecho
que el documento debiere probar, será sancionado con prisión de tres a seis años.
Si la conducta descrita en el inciso anterior se realizare en documento privado, se
impondrá la misma pena si el agente actuare con ánimo de causar perjuicio a un
tercero.
art. 285 FALSEDAD DOCUMENTAL AGRAVADA
En los casos de los artículos anteriores, si el autor fuere funcionario o empleado
público o notario y ejecutare el hecho en razón de sus funciones, la pena se
aumentará hasta en una tercera parte del máximo y se impondrá, además,
inhabilitación especial para el ejercicio del cargo, empleo o función por igual tiempo.
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