Mi humilde opiniòn, es que el mismo dìa en que se suscriban los contratos de venta y mutuo hipotecario de parte de su clienta a favor de su amigo, tambièn èl le firme una escritura de compraventa a favor de ella misma, en la cual se relacione, inmueble que aùn no se encuentra inscrito a su favor, pero es inscribible por estarlo su antecedente bajo la matricula....relacionando el nùmero al que estaba a nombre de su clienta, y que se agregue en el citado instrumento, una razòn en la que se manifieste que existe gravamen hipotecario, que con posterioridad se cancelarà y que se le advirtiò a la compradora, que por existir dicho gravamen, esta enajenaciòn podrà ser presentada en el centro nacional de registros correspondiente, una vez haya sido cancelado en su totalidad, y efectivamente ese testimonio se deberà presentar en el registro hasta que este cancelado, a su vez, que èl otorgue un poder especial a favor de la señora, en el cual la faculta para que ella, consulte en el fondo social para la vivienda, los estados de cuenta de los pagos de la casa, para que pueda realizar toda clase de tramites, sobre esa casa, pudiendo acudir a las oficinas de CLESA, ANDA, CLARO, etc o cualquier otra Instituciòn, cualquier tramite que sobre la administraciòn de la casa se refiera, para firmar toda clase de documentos, para que una vez cancelada la hipoteca, ella pueda retirar el testimonio de hipoteca, para otorgar la correspondiente acta notarial de cancelaciòn de hipoteca, al mismo tiempo cuando su amigo, de la informaciòn en el fondo social para la vivienda, que ponga a la señora como beneficiaria, en caso de fallecer èl, que no vaya a poner a su grupo familiar, porque si el fallece, ellos por tener vocaciòn sucesoral pueden aceptar herencia y es probable que sus familiares, sino son gente honesta, se queden con la casa. Que la ponga a ella de beneficiaria, porque si el fallece, con el seguro de vida se paga la casa tambièn. Si se puede tambièn se debiera otorgar una acta notarial, de parte de la conyuge de su amigo, donde acepte el convenio con su amigo. Sugiero que haga el traspaso formal el mismo dìa porque asi cuando se pague, que se haga la cancelaciòn, que presente inmediatamente el testimonio de la venta a su favor, asi ella se asegura que èl no cumpla, que se arrepienta, o sea mal intencionado y se quede con la casa. De esa manera, se garantiza a su favor, el dominio, posesiòn y demàs derechos sobre la casa.