EL CASO ES QUE UN CLIENTE ME PIDIÓ ELABORAR UNA ESCRITURA DE CV DE INMUEBLE A FAVOR DE UNA PERSONA QUE ESTA FUERA DEL PAIS, POR LO QUE LE SUGERÍ ME FUESE PRESENTADO UN PODER DE PARTE DEL MISMO PARA EFECTOS DE ACEPTAR LA VENTA, PERO ANTE ESTA PETICIÓN ME MANIFESTÓ QUE ANTERIORMENTE UN NOTARIO LE ELABORÓ UNA VENTA DE ESA MISMA NATURALEZA SIN NECESIDAD DE PODER UTILIZANDO LA FIGURA DEL AGENTE OFICIOSO.
PODRÍA ALGUIEN EXPLICARME SI ESTO ES POSIBLE Y EL FUNDAMENTO LEGAL DE DICHO ACTO, YA QUE HE LEÍDO DOCTRINA EN CUANTO A ESTA FIGURA PERO NADA CONCRETO EN CUANTO AL CASO PLANTEADO ES DECIR PARA COMPRAR UN INMUEBLE.
LA AGENCIA OFICIOSA LA EN CONTRARAS EN EL TITULO TREGESIMO CUARTO DEL CODIGO CIVIL.
ART, 2035 Y SIGUIENTES CC.
ES POSIBLE QUE POR MEDIO DEL AGENTE OFICIOSO SE OTORGUE UN COMPRAVENTA ENE LE SENTIDO DE ACEPTAR LA VENTA...PERO PODRIAS TENER PROBLEMAS ALA HORA DE REGISTRARLA VA A DEPENDER DEL CRITERIO DEL REGISTRADOR QUE TE LA CALIFIQUE,,, SUPE DE UNA QUE SE INSCRIBIO HASTA QUE SE RECURRIO DE LA RESOLUCION DE DENEGATORIA, AL HABERSE DENEGADO EN FASE ADMINISTRATIVA (CNR), SE RECURRIO A LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRTIVO QUIEN ORDENA LA INSCRPCION... EN TIEMPO CUATRO AÑOS---?????
Desde mi punto de vista, no es adecuado realizar lo solicitado por su cliente; porque, la mejor opción es el Poder Administrativo correspondiente, que otorgue el interesado con las formalidades de ley, que recaiga sobre la persona que va a comparecer ante sus oficios notariales para aceptar la venta; y muy interesante el comentario del otro compañero, en el sentido que puede resultar más perjudicial en cuanto al tiempo de la inscripción; porque, al final, a quien culpan del retraso en la inscripción es al NOTARIO... Y la excusa que le daría su cliente es, "bueno el que sabe de leyes es usted no yo, si sabía que no iba a salir bien no lo hubiese hecho".-
Saludos.-
\\\"Si no hubiera malas gentes, no habría buenos abogados. \\\"
Charles Dickens
Aunque la ley hable del agente oficioso depende del criterio del registrador... lo mejor es que te investigues antes en el registro si las inscriben o no... en Sonsonate te las inscriben sin ningún problema... SUERTE!!!
Así ha dicho Dios: Haced juicio y justicia, y librad al oprimido de mano del opresor, y no engañéis ni robéis al extranjero, ni al huérfano ni a la viuda, ni derraméis sangre inocente en este lugar. Jeremias 22.3
La figura del agente oficioso, esta contenida dentro de los cuasicontratos, y esos contratos solo se perfeccionan con la posterior aceptaciòn o aprobaciòn del verdadero propietario, si la compraventa se iba a inscribir, no es para nada prudente efectuarla con la figura de agente oficioso, pues es clarito que serà observada. El que compra a un agente oficioso corre un gran riesgo de quedar a medias con el contrato. Serìa revelador que la inscriban en el CNR.
Lastimosamente existen algunos notarios que realicen las escrituras solo por hacerlas y cobrar no les importa si al final se la inscriban o no que lastima y como dicen el papel aguanta con lo qu le pongan pero nuestro protocolo no ya que si existe alguna ilegalidad se lo van a jalar en la corte al notario que lo haga