esto mas es un aporte, humilde obvio pero espero les ayude si es que ven un caso de estos:
el caso era asi, un menor de edad, tenia novia, y entre ellos de manera voluntaria tuvieron relaciones sexuales, ella tenia 14 el 17, x los azares del destino se dieron cuenta y lo detuvieron.
el fiscal de turno solo mando a pedir peritaje de edad media de ambos y el examen de medicna forense de la menor, nada mas.(debio haber solicitado tambien el examen psicologico, adn, social , etc de los menores lo cual no hizo.)
la pena es de 14 a 20 años, para que se hagan idea de la gravedad del caso mas un agravante, es decir era bastante gravosa la situacion.
yo iba en calidad de defensora particular.
para hacer corta la hitoria, no habia deseos de fregar al joven departe de la familia de la señorita en apuros, asi q se denegaron a dar testimonio madre e hija, mas la poca evidencia, por lo que fue un resultado super favorable para el cliente, no hubo pena de internamiento solo unas medidas suaves pero eduactivas en el area sexual.
mi punto es, que era mi primer caso en esa area, y resulto ser un proceso mas conciliatorio y menos gravoso q el penal comun, pero a lo q voy es q el expediente siempre da las herramientas a utilizar, ya q un par de elementos se usaron.
el final de la moraleja es, que leamos bien los expedientes de los casos y no tengamos miedo hay q tenerse fe y salir a tirarse al agua de la litis, como decia un maestro mio, no se puede decir uno abogado si no ha sacado a nadie de un caso penal, asi q eso es todo.
"CAMINANTE NO HAY CAMINO, SE HACE CAMINO AL ANDAR!"
La pena en vista de la causa por ese delito no es de 14 a 20, el juez del juzgado de menores no puede imponer una medida de seguridad no mayor a 15 años, ademas en la ley de justicia penal juvenil no se establecen penas para cada tipo penal sino que queda a discreción del juez la medida solo que no puede pasar de 15 años.
Y para lo que expones abria que ver el expediente de todo el proceso.
Saludos!!!
Última Edición: 25 Nov 2015 15:02 por Jmedina2121.