Hola, colegas, necesito que me ayuden en este caso, resulta que el señor X, adquierio dos inmuebles, pero resulta que pedro, titulo una propiedad que colinda con las de el, el abogado que le siguio las diligencias de titulación pidio la ficha catastral, en ella se establecen entre otras cosas los colindantes, resulta que a la hora de citar a los colindantes citaron a la esposa de mi mandante porque era ella la que aparecia en la ficha catastral como colindante, pero realmente quien era el colindante era mi mandante no su esposa, en razon de ello, cuando le llevaron la cita a la esposa de mi mandante esta no asistio, porq ella no habita en el pais, entonces las esquela de notificacion se la dejaron en la puerta de su casa, siguiendo las reglas de notificacion que la ley establece. pero aconsecuencia de no haber asistido a la inspeccion, don pedro se metio mas de seiscientos metros en la propiead de mi cliente... y registralmente a parece que el es el dueño.
necesito que me ayuden. ¿puedo promover una nulidad de titulo supletorio alegando la nulidad, por no haber citado a mi mandante quien era el colindante correcto y no su esposa. (aclaro ese inmueble siempre lo ha poseido mi cliente, su esposa no tiene que ver en la propiedad, nunca ha sido la dueña)
Considero que si procede un proceso de nulidad de inscripcion de titulo supletorio, probando la vulneracion a la garantia constitucional de audiencia, en virtud de no haber sido citado el colindante real para que expresara su oposicio, lo cual obviamente, asimismo genero la vulneracion a su derecho de propiedad por cuanto fue "expropiado" de una parte de su inmueble. Suerte
El siguiente usuario dijo gracias: Lupyta, Irving Garcia
alguen tendra algun modelo es exactamente elque caso que me tiene hoy ocupado,,, pero para ser mas preciso desearia leer alguno que se haya presentado para tener todo mas concreto..... no se por donde comenzar... gracias!
seguiero lo siguiente:
hable con persona colidante expliqueel problema si ella sede que le haga una segregación por venta ,si ella no cede un juicio de deslinde necesario y por último puede hacer la nulidad del titulo